El resumen de la Ley Ómnibus propuesta por Javier Milei
El presidente Javier Milei presentó al Congreso la Ley Ómnibus con el objetivo de declarar la emergencia pública en diversas áreas hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto conllevaría la transferencia de facultades legislativas al Poder Ejecutivo en una amplia gama de sectores, que incluyen la economía, las finanzas, lo fiscal, lo previsional, la seguridad, la defensa, las tarifas, la energía, la salud, la administración y lo social.
1- Reforma electoral
- Eliminación de las PASO.
- Eliminación de la lista sábana.
- Cambio en la composición de la Cámara de Diputados.
- Introducción de un sistema de elección por “circunscripciones uninominales” para diputados nacionales.
- Aumento significativo de las bancas de la provincia de Buenos Aires.
- Eliminación del piso de cinco diputados por provincia.
- Posible reducción de representación para algunas provincias, como Chubut.
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2- Manifestaciones y cortes de calles
- Mayor control de las manifestaciones y aumento de las penas por cortes de calles.
- Castigo de hasta tres años y medio de prisión para quienes obstaculicen el transporte.
- Sanciones a los organizadores de los cortes y responsabilidad por los daños.
- Obligación de notificar al Ministerio de Seguridad de la Nación todas las reuniones o manifestaciones, incluso las espontáneas.
3- Legítima defensa
- Ampliación de los casos de “legítima defensa.”
- Consideración de la proporcionalidad del medio empleado en favor de quien actúa en cumplimiento de su deber o en el ejercicio legítimo de su derecho.
- Mayor flexibilidad en la justificación de la legítima defensa en situaciones que involucran diferencias de edad, contextura física, experiencia en riñas, número de agresores y uso de armas falsas.
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4- Blanqueo de capitales
- Posibilidad de regularizar hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomonedas sin pagar impuestos.
- Plazo de adhesión al régimen de blanqueo hasta el 30 de noviembre del año siguiente, dividido en tres etapas.
- Admisión de la regularización de diversos tipos de bienes dentro y fuera del país, incluyendo moneda, inmuebles, acciones, criptomonedas, entre otros.
5- Moratoria impositiva
- Nuevo régimen de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social.
- Adhesión para contribuyentes por obligaciones vencidas hasta el 30 de noviembre pasado.
- Suspensión de acciones penales y recursos de seguridad social.
- Condonación de intereses resarcitorios y punitorios según plazos y modalidades de pago.
6- Bienes personales
- Eliminación del diferencial de alícuotas por activos en el exterior.
- Nuevas alícuotas con un rango desde el 0.5% hasta el 1.5%.
- Simplificación gradual de la tabla impositiva en los años posteriores a 2023.
- Dinámica de actualización de los importes basada en anticipos y pagos.
7- Obra pública
- Posibilidad de financiar la infraestructura con inversión privada.
- Facultad del Poder Ejecutivo para renegociar o rescindir contratos en ejecución celebrados antes del 10 de diciembre de 2023.
- Regreso al esquema de concesiones y transferencia del riesgo al concesionario.
- Mecanismo de solución de controversias para contratos de obra pública con plazos vencidos y litigios pendientes.
8- Jubilaciones
- Suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria sin especificar el plazo.
- Facultad del Poder Ejecutivo para establecer una nueva modalidad de cálculo de reajustes, priorizando la equidad y la sustentabilidad económica.
- Posibilidad de aumentos periódicos discrecionales, atendiendo a los beneficiarios de bajos ingresos.
9- “Blanqueo” laboral
- Promoción del Empleo Registrado mediante un “blanqueo” laboral.
- Extinción de la acción penal y condonación de infracciones, multas y sanciones por irregularidades en la contratación de empleados.
- Posible eliminación del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
- Plazos para la regularización de relaciones laborales y planes de regularización plurianuales.
10- Privatización de empresas públicas
- Plan de privatización de empresas públicas para concentrar la actividad del Estado en funciones esenciales.
- Objetivo de generar competencia, eficiencia económica, reducción de carga fiscal y mejor calidad de servicios.
- Inclusión de empresas como Aerolíneas Argentinas, Correo Argentino, ferrocarriles, Aysa, YPF, YCRT, Banco de la Nación, Casa de la Moneda y Nucleoeléctrica Argentina en el listado.
11- Retenciones al campo
- Imposición de un 15% en derechos de exportación para productos que antes no tenían este impuesto.
- Aumento de la alícuota para la soja y sus derivados.
- Afectación a productos de economías regionales que anteriormente tenían una presión impositiva más baja o nula.
12- Energía
- Enfoque en maximizar la renta de la explotación de recursos y satisfacer las necesidades de hidrocarburos.
- Limitación del Poder Ejecutivo para fijar precios de comercialización en el mercado interno.
- Libertad para las empresas estatales en fijar precios competitivos.
- Comercio internacional de hidrocarburos libre.
13- Salud mental
- Cambios en la ley de salud mental, incluyendo la composición del Órgano de Revisión.
- Mantenimiento de la excepcionalidad de la internación, previa evaluación médica y del equipo interdisciplinario.
- Casos específicos para la internación, como falta de conciencia de enfermedad o riesgo para sí o terceros.
14- Educación
- Examen al finalizar la secundaria para acreditar el nivel de desempeño de los estudiantes.
- Posibilidad de ingresar a la universidad pública a través de examen o curso de nivelación.
- Estudios de grado gratuitos para argentinos y extranjeros residentes permanentes, con posibilidad de cobrar una cuota a extranjeros.
- Posibilidad de homeschooling a partir de cuarto grado del nivel primario.
15- Medio ambiente
- Modificación de leyes de medio ambiente, incluyendo la Ley de Bosques Nativos, Ley de Glaciares y Ley de Protección Ambiental contra la Actividad de Quema.
- Creación de un mercado de carbono y controles de emisiones en sectores productivos.
- Establecimiento de límites de emisiones y posibles multas por superarlos.
16- Divorcio simplificado
- La iniciativa propone la posibilidad de divorciarse sin la intervención de la Justicia y sin la necesidad de abogados.
- Incorpora como inciso en el artículo 435 del Código Civil y Comercial la opción de “comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal.”
- Esta comunicación tendría los mismos efectos legales que un divorcio declarado judicialmente.
- Esto permitiría a las parejas obtener un divorcio de manera más sencilla y rápida, sin recurrir a un proceso judicial.